¿Son los despidos y los recortes salariales el único camino a seguir?

Publicado: 2020-04-20

El bloqueo 1.0 del 24 de marzo de 2020 detuvo todo, excepto los servicios esenciales.

Muchos trimestres han comenzado a presenciar despidos y recortes salariales a pesar de la insistencia del gobierno de no despedir

Lo único que limita la elección del empleador de despedir es un 'aviso' que podría decirse que carece de fuerza de ley.

Enfocado
El marco

Un nuevo orden mundial requiere nuevos marcos para que las empresas operen en un mundo posterior a Covid19. Nuestra serie sobre cómo las empresas se están adaptando a la FMH, modificando sus modelos comerciales, redefiniendo las funciones y procesos comerciales, y más.

La pandemia de rápida propagación, Covid-19, ha puesto de rodillas al país. El anuncio del Lockdown 1.0 el 24 de marzo de 2020 paralizó todo, excepto los servicios esenciales.

Dado que las empresas emergentes y las grandes casas comerciales deben valerse por su sustento, surge una pregunta importante sobre su supervivencia. ¿Podrán superar esta crisis sin recortes salariales ni despidos?

'Lay Off' sobre despidos y recortes salariales

El 20 de marzo de 2020, el Ministerio de Trabajo y Empleo ordenó a los secretarios jefes de todos los estados/UT que emitieran un aviso a los empleadores de establecimientos públicos/privados “ …para extender su cooperación al no despedir a sus empleados… o reducir sus salarios .”

El aviso dice además que se debe decir que los trabajadores que toman licencia están en servicio sin ninguna deducción consecuente en los salarios durante este período. Y que si el lugar de trabajo no está operativo debido al COVID-19 , se dirá que los empleados de dicha unidad están “en servicio ”. Al pedir a los empleadores que no “ debiliten la condición financiera del empleado ”, lo que obstaculizaría su “ moral ” para combatir la epidemia, el aviso toca una fibra sensible humanitaria.

La oficina del Comisionado Jefe de Trabajo está tomando iniciativas regionales para cumplir con este “aviso”, como se vio en el caso de Spice Jet.

A continuación, el 29 de marzo de 2020, el Ministerio del Interior ordenó a los gobiernos estatales/UT que tomaran ciertas medidas para la “ implementación efectiva del confinamiento ” y “ mitigar las dificultades económicas de los trabajadores migrantes ” en virtud de la Sección 10(2) (l) de la Ley de Gestión de Desastres de 2005 (Ley DM).

Una de esas medidas es:

Todos los patrones, ya sea en la Industria o en los talleres y establecimientos comerciales, deberán efectuar el pago de los salarios de sus trabajadores, en sus lugares de trabajo, al vencimiento, sin retención alguna, por el tiempo que sus establecimientos estén cerrados durante el cierre de emergencia"

Estos fueron el Gobierno Central. medidas.

Hace unas semanas, el 22 de marzo de 2020, el Gbno. de NCT de Delhi había ordenado un bloqueo bajo las Enfermedades Epidémicas de Delhi, Regulaciones COVID-19, 2020 (Regulaciones COVID). Curiosamente, la orden estipuló que los empleados de establecimientos privados (incluidos los temporales/contratados/subcontratados, etc.) que se van a quedar en casa serán tratados como “en servicio” y serán “pagados en su totalidad”.

Contexto legal

La Ley de Conflictos Industriales de 1947 (IDA) es la legislación central para los establecimientos industriales, los empleadores y sus trabajadores. IDA prevé el despido y reducción de personal en ciertos casos.

Despido significa la falta, la negativa o la incapacidad del empleador para dar empleo a un trabajador debido a ciertos factores, incluida la calamidad natural. La reducción de personal implica la terminación del servicio del trabajador por cualquier motivo (excluyendo los casos de jubilación voluntaria, jubilación, no renovación o terminación del contrato o terminación por enfermedad).

Cuando se emplean 50 o más trabajadores (pero menos de 100), un trabajador tiene derecho a una compensación por el período de descanso equivalente al 50% del salario básico y la asignación por carestía. Si el trabajador y el empleador están de acuerdo, la compensación puede evitarse después de los primeros 45 días de descanso. Y si el despido continúa más allá de la marca de 45 días, el empleador puede despedir al trabajador, si se cumplen otras condiciones.

Para un establecimiento industrial con 100 o más trabajadores, la única diferencia marcada es que los empleadores de dicho(s) establecimiento(s) requieren permiso previo del gobierno o autoridad correspondiente antes de despedir o despedir a un trabajador.

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Lo que es más importante, la IDA otorga un estatus preponderante a tales disposiciones sobre cualquier cosa inconsistente contenida en cualquier otra ley.

Lo que esto significa

Apreciar las medidas gubernamentales, hasta ahora, en el contexto legal anterior plantea pocas preguntas.

  • ¿Puede un 'aviso' del Ministerio de Trabajo y Empleo reemplazar los derechos del empleador bajo la IDA?

Dado que es innegablemente un aviso, el Gobierno Central. sólo puede “buscar” cooperación. No hacerla cumplir como se ve en determinados casos. Además, este aviso no está respaldado por las disposiciones de IDA, que por el contrario permite el despido en ciertos casos, incluida la calamidad natural.

Seguramente una cosa está clara. Los establecimientos industriales que requieran permiso previo para despedir y despedir trabajadores pueden anticipar fácilmente la respuesta de la autoridad a tal requisición, si se hace.

  • ¿Pueden las 'órdenes' emitidas bajo las leyes para el manejo de desastres y la contención de epidemias tratar asuntos laborales?

La sección 10 (1) (l) de la Ley DM, en virtud de la cual se emitió la orden del 29 de marzo de 2020, solo habla de medidas en respuesta a una situación de desastre amenazante o desastre. Por lo tanto, requiere considerar si una orden de pagar los salarios de los trabajadores durante el cierre es una medida en respuesta a un desastre.

Asimismo, el objeto del Reglamento COVID es la prevención y contención del COVID-19. Tales normas no confieren expresamente facultad alguna para ordenar el pago “íntegro” a los empleados de los establecimientos privados.

Lo que es más interesante: las dos 'órdenes' solo se preocupan por pagar salarios hasta que continúe el bloqueo. No abordan el tema de los despidos. Es sólo el 'consejo' que implora a los empresarios contra la reducción de su mano de obra.

En otras palabras, lo único que limita la elección del empleador de despedir es un 'aviso' que podría decirse que carece de fuerza de ley.

críticas generales

Además del elenco de dudas legales sobre tales medidas, el gobierno. tenía su corazón en el lugar correcto. Tales medidas, aunque temporalmente, brindan un estímulo para los trabajadores. Sin embargo, estas son más medidas instintivas que una indicación de una política económica sólida.

Al obligar a los empleadores a retener y pagar a sus empleados, las empresas que ya están en problemas podrían incumplir con sus prestamistas. Y si las empresas cierran, entonces los propios empleados del gobierno. está trabajando para proteger se quedaría desempleado para siempre. La economía puede recuperarse rápidamente solo si se permite que las empresas se mantengan a flote.

Visto desde cualquier ángulo, estos son amplios rumbos que abarcan en su seno todo tipo de establecimientos, empresarios y empleados. Esto plantea la pregunta: si la idea detrás de tales medidas era proteger a la clase de trabajadores inmigrantes o a aquellos que tenían una gran necesidad de dinero, ¿por qué extenderlo a todas las clases de empleados, algunos de los cuales pueden ubicarse en niveles de ingresos altos?

Algunos incluso ven estas medidas como totalmente poco prácticas y onerosas. Si la experiencia nos ha enseñado algo, es que las leyes/regulaciones draconianas nunca dan el fruto deseado. Un ejemplo de ello es la prohibición absoluta de bebidas alcohólicas en estados como Gujarat y Bihar, que resultó contraproducente con la proliferación del comercio ilícito de alcohol.

Aquí también, muchos sectores han comenzado a presenciar despidos y recortes salariales a pesar de la insistencia del gobierno de no despedir.

El camino a seguir

Tal vez, la respuesta a este dilema complicado radica en no continuar con esta restricción general. Pero al aportar claridad sobre este tema e implementar medidas que aborden las preocupaciones tanto de los trabajadores como de los empleadores.

Usar dos brazos ministeriales para abordar el problema de los despidos de trabajadores y los recortes salariales plantea más preguntas que respuestas. Formular una política clara, práctica y legalmente válida puede ser el 1er paso para dar paso a la certeza.

En el frente práctico, las grandes casas comerciales ya han anunciado recortes salariales para la alta dirección. Esto solo puede no ser suficiente. Se puede alentar a los establecimientos a dialogar con los sindicatos para acordar recortes salariales voluntarios. Analizar y renegociar los acuerdos contractuales no solo de la clase laboral sino también de los empleados en capacidad gerencial es engorroso pero necesario.

Gobierno igualmente pueden considerar relajar esta restricción no calificada al enfocarse en industrias selectas y clases de trabajadores donde tales regulaciones son más necesarias. También se puede considerar, si es factible, un nuevo estímulo fiscal del gobierno que subsidia los salarios de los trabajadores como se está haciendo en otros países.

El gobierno. La decisión de financiar la contribución al fondo de previsión de los empleados tanto de los empleadores como de los empleados para establecimientos que tengan hasta 100 empleados es un paso positivo en esta dirección.

Con la nación bajo Lockdown 2.0, el llamado de atención de la casa comercial sangrante es por claridad y políticas viables.

[El artículo es coautor de Rohan Batra, socio y Prince Todi, pasante en RR Law Chambers.]