CCI desestima las acusaciones de precios depredadores contra el agregador de taxis Ola
Publicado: 2017-07-21En 2015, Fast Track Call Cab & Meru se había acercado al CCI con estas acusaciones
La Comisión de Competencia de India (CCI) ha desestimado las acusaciones de precios predatorios contra el agregador de taxis Ola .
En 2015, los operadores de taxis con sede en Bangalore Fast Track Call Cab Pvt. Ltd y Meru Travel Solutions Pvt. Ltd se había acercado a la CCI. Habían alegado que Ola había abusado de su 'posición dominante' en el mercado. Ofrecía grandes descuentos a los pasajeros e incentivos a los taxistas de la ciudad.
Para investigar los reclamos, la comisión ordenó al Director General (DG) que realizara una investigación detallada sobre el asunto.
Las acusaciones dieron lugar a dos preguntas. Si Ola tuviera una posición dominante y si la tuviera, ¿su conducta equivaldría a un 'comportamiento abusivo' (fijación de precios predatorios) según la sección 4(2)(a)(ii) de la Ley de Competencia de 2002?
Según un informe reciente, la CCI no encontró mérito en estas acusaciones. La orden establece además que, dado que Ola es un agregador de taxis, no se incluye en el mercado de taxis de radio, como Meru, los taxis Mega que funcionan en un modelo híbrido.
La CCI señaló además que el mercado en el que opera Ola no tiene altas barreras de entrada. La CCI también observó que una tecnología disruptiva que están adoptando los jugadores más nuevos no es motivo para que un regulador interfiera en los procedimientos.
El DG midió las cuotas de mercado de todos los jugadores sobre la base del número de viajes/viajes durante el período de tiempo relevante . Sobre la base de los datos anuales (2012-13 a 2015-16) se observó que, en términos de la cantidad de viajes punto a punto, las cuotas de mercado de Meru, Mega Cabs, Easy Cabs y Karnataka State Tourism Development Corporation ( KSTDC) disminuyó de 2012-13 a 2015-16.
El director general observó además que Ola, que “ingresó al mercado temprano, tenía una participación de mercado de solo el 5 %-6 % en el año 2012-13, que aumentó al 61-62 % en el año 2015-16 (hasta septiembre de 2015). ). También se señaló que Uber, que comenzó a operar en agosto de 2013, tuvo una participación insignificante de menos del 1-2 % en 2013-14 que aumentó al 9 %-10 % en el año 2014-15. Sin embargo, en los primeros seis meses de 2015-16 (hasta septiembre de 2015), mientras que la participación de mercado de Ola aumentó marginalmente de un 2 % a un 3 %, la participación de Uber aumentó a un ritmo más rápido, es decir, entre un 20 % y un 22 %”.
Recomendado para ti:
La orden establecía además que una participación de mercado superior al 50% no lo convierte en un 'jugador dominante'. Por lo tanto, la CCI rechazó estos reclamos, afirmando que al decir que la Ley no establece ningún umbral numérico para determinar qué constituye 'dominante', sino que consagra factores en la Sección 19 (4) que se relacionan con el 'tamaño e importancia' - factores que deben evaluarse subjetivamente en cada caso.

El CCI agregó además que Ola, así como Uber, ocupan una posición "dominante" en el mercado de agregadores de taxis. “La sección 4(2) establece que, 'Habrá abuso de posición dominante, si una empresa o un grupo...' El término 'a'/'an' utilizado en la sección 4(2) manifiesta evidentemente la forma singular, lo que demuestra que la intención del legislador nunca fue mantener a más de una empresa en una posición dominante, a menos que formen parte de el grupo en el sentido de la Sección 5 de la Ley.”
“Además, en la Sección 28 de la Ley, que se ocupa específicamente de la división de empresas que disfrutan de una posición dominante, el uso de las palabras indica sin ambigüedades que la Ley no prevé que más de una empresa sea dominante en el mercado relevante”.
La CCI declaró además que la “Ley no permite más de un jugador dominante en virtud de la Sección 4. Más bien, la existencia de dos jugadores fuertes en el mercado es indicativa de competencia entre ellos, a menos que hayan acordado no competir”. Y la CCI observó además que no era la intención de la legislatura castigar a 'más de un' jugador por ser dominante.
Las empresas también habían acusado a Ola de participar en precios depredadores debido al financiamiento de capital masivo que recibió . Con este fin, la CCI señaló: “Lo que es notable y significativo en este contexto es la existencia de un campo de juego nivelado en el acceso a la financiación. Esto se evidencia en la experiencia de nuevas empresas tecnológicas en todos los sectores del país que podrían acceder a financiamiento de diversas fuentes, como capital de riesgo, redes de ángeles, fondos de capital privado, etc. No hay evidencia de que el acceso a dicho financiamiento no fuera equitativo y que el mercado de financiamiento no era competitivo y tenía aberraciones”.
Por último, la CCI desestimó todas las acusaciones y afirmó que “se está desarrollando un proceso competitivo en el mercado relevante, el mercado está creciendo rápidamente, se ha producido una entrada efectiva, lo que lleva a una disminución gradual de la cuota de mercado de OP, las barreras de entrada no son insuperables, existen fuerzas de mercado compensatorias que restringen el comportamiento de OP y la naturaleza de la competencia en mercados dinámicos impulsados por la innovación, la Comisión opina que el dominio de OP en el mercado relevante sigue sin demostrarse”.
Un correo electrónico enviado a Ola esperaba respuesta en el momento de la publicación.
Justo ayer, se informó que Ola ha invertido alrededor de $ 15,5 millones (INR 100 Cr) en su subsidiaria de arrendamiento de propiedad total Ola Fleet Technologies, según los documentos presentados ante el RoC. Este movimiento tiene como objetivo establecer el bastión de la compañía mientras se prepara contra Uber.
Esta no es la primera instancia en la que Meru se queja de la competencia. A principios de diciembre de 2015 , la CCI había desestimado los cargos presentados por Meru Cabs contra Uber. Meru había alegado que Uber estaba aplicando precios depredadores para aumentar su cuota de mercado. Más tarde, en julio de 2016 , Meru volvió a acusar a Uber, un servicio de agregación de taxis basado en una aplicación, en su publicación de blog de ser un 'infractor de la ley' y 'una empresa que monetiza con juegos de precios'. Más tarde, en enero de 2017 , la Corte Suprema suspendió el inicio de una investigación contra Uber por parte de la Comisión de Competencia de la India (CCI) por la denuncia de precios depredadores de la plataforma de taxis Meru.
(El desarrollo fue informado por Bar & Bench)






